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  • Consulta : 163275
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 278657

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No sólo en Yucatán, en la mayoría de los Estados existen diversas formas de calcular la base gravable del impuesto predial y sí es Constitucional la base rentas, y además se pagará conforme al valor más alto, no falta el que diga que renta la casa por $50.00 (cincuenta pesos 00/100 M.N.) al mes y pretender pagar el impuesto con esa base. Tampoco hay doble tibutación ya que una cosa es el Impuesto Predial que es Municipal, y otra el ISR que es un impuesto Federal, la renta sólo es la base para el cálculo de ambos impuestos.