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Fecha de respuesta: Martes 31 de Julio de 2012 15:06 2012-07-31 15:06 desde IP: 189.146.113.220
Lic. Alejandra González Vázquez:
Su aportación fue copiada y pegada de un sitio de internet, al cual yo también entré y revisé.
Pero dicha opinión no tiene autor, y además no creo que sea la respuesta a la consulta de mérito.
Así que si también se va a dedicar a copíar y pegar o fundamentar sus respuestas en informaciones de internet, que incluso, pueden ser de un país distinto al nuestro, no puede aplicarse y sólo si dicha opinión fuera de un renombrado jurista podría tomarse en consideración.
De no ser el caso, no encuentro el sentido de fusilarse ideas de otros que ni siquiera ponen sus datos o que Usted no refiera la fuente de donde lo obtuvo.
Mira, en el rincón del vago, encontré esta definición:
CAPITULO 1 CONCUBINATO.
1.1.-Que es el concubinato.
El concubinato es la unión de dos personas de distinto sexo que se encuentran en unión libre y que esta cuenta como relación prematrimonial, que tiene los mismos derecho y obligaciones que el matrimonio, pero con la condición de que no están registrados al registro civil, al cual se tienen que registrar, y veces este o tiene validez.
Pero ésto no lo digo yo, es un trabajo de escuela de otra persona y no lo adicioné a mis participaciones, porque finalmente es sólo eso, doctrina u opiniones que no son legales (me refiero a que no están establecidas en la Ley.
Saludos!
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