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  • Consulta : 162489
  • Autor : ilianave
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  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En relación con sus preguntas, le comento lo siguiente:

    1.- Ya divorciado puedo ver a mi hija?

    Claro, sus derechos como padre no cesan por la disolución del vínculo matrimonial, cuando promuevan el divorcio, es muy importante que Usted reclame o establezca un régimen de visitas y convivencias para con su hija.

    2.- La "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=162489&forod=3#" onclick="hwPal1194556791.hwClqnaj("casa");return false;" oncontextmenu="return false;" onmouseout="hwPal1194556791.hideMaybe(this, "casa"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="dotted 1px"; " onmouseover="hwPal1194556791.hwShow(event, this, "casa"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="solid";" rel="nofollow" style="border-bottom: 1px dotted; color: #005f00; cursor: hand; text-decoration: underline">casa en donde vivo (con la que tengo el credito infonavit) se la tengo que dejar a mi esposa siendo que el credito la contrate un año antes de casarme.

     

    Al no haberse adquirido durante el matrimonio y además estar casado bajo el régimen de separacón de bienes, es su propiedad y no tiene porque dejarsela a su esposa o hija, pero si es su deseo dejarlas vivir en el mismo, es una cuestión voluntaria, no obligatoria y dentro de la demanda o solicitud de divorcio que realice es menester que solicite la separación de los cónyuges, como la desocupación del inmueble de su propiedad.

    3.- Estoy obligado de dar "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=162489&forod=3#" onclick="hwPal1194556791.hwClqnaj("dinero");return false;" oncontextmenu="return false;" onmouseout="hwPal1194556791.hideMaybe(this, "dinero"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="dotted 1px"; " onmouseover="hwPal1194556791.hwShow(event, this, "dinero"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="solid";" rel="nofollow" style="border-bottom: 1px dotted; color: #005f00; cursor: hand; text-decoration: underline">dinero a mi esposa  (pension) aun cuando estemos divorciados.

    Los alimentos entre los cónyuges es recíproco. Si su esposa no obtiene ingresos propios o no son suficientes para sostenerse y/o si se dedicó a las labores del hogar, tendrá que darle pensión para ella , por el mismo tiempo que duró su matrimonio.

    Pero para su hija, SÍ TENDRÁ QUE DARLE PENSIÓN, misma que se otorgará a través de quien ejerza la guarda y custoia de la menor, que supongo será su madre.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado.

    Suerte!