- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 162375
- Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 1641
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 88 % -
: 11 %
-
AutorRespuesta No: 277557
-
Fecha de respuesta: Viernes 27 de Julio de 2012 17:57 2012-07-27 17:57 desde IP: 201.137.115.70
claro puedes realizar la renta del inmueble solo tendras que realizar un buen contrato para que la persona que se la rentes posteriormente no tenga alguna intencion de adjudicarse el bien inmueble por dicha situacion
si tienes alguna duda nos ponemos a tus ordenes
Lic. Alejandro Barroso
Tel Despacho 55.82.94.11
Tel Nextel 36.19.84.09
Tel Celular 55.29.19.30.66
-
Autor





