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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Julio de 2012 12:35 2012-07-26 12:35 desde IP: 201.124.55.136
Pues es muy raro que se haya concedido el amparo, pues fue un juicio sucesorio TESTAMENTARIO.
Cuando es intestamentario, entonces sí hay que llamar a todos los familiares que puedan tener derecho a heredar.
Pero el amparo lo único que supongo concedió, fue la reposición del procedimiento, para que ella tenga conocimiento del mismo y haga valer lo que a su derecho corresponda, pero si no le corresponde nada, pues nada obtendrá.
Lo único que tu madre obtendrá, es tiempo y hacerte gastar más y gastar también ella, porque finalmente a ella no le corresponde ningún 50% del 50% de tu padre, por la voluntad del finado fue heredarte ese 50%.
Tu no te adjudicaste ningún porcentaje que le correspondiera a tu madre...
Así que no te preocupes, por más que llore y patalee tu madre, ella sólo tendrá su 50% y serán copropietarias del inmueble en partes iguales.
Tu abogado no está mal, simplemente que a veces no sabemos que criterios van a tomar los Jueces y además tampoco somos adivinos para saber que habrá terceros que se inconformen con lo que tu obtengas.
Ten paciencia y dale continuidad a tu asunto.
Suerte!
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