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  • Consulta : 162030
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 277187

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... si ta vas o no... esa es tu voluntad... y nadie nte pude obligar a estar con ella...

    2... el matrimonio  se entiene como una obligaciòn de ambos a respetarse... pero si tu no pudes ser prudente y vivir con ella... ese es tu problema...

    3.... si ella te denuncia o no... ese es problema de ella...

    4...si quieres mantenerla o no... ese es tu problema...

    5...visto el divorcio... vas a tener que  darle un años mas de pensiòn... hayan vivido o no juntos,...

    lo de mas ya se te dijo... si hay duda... pues la resuleve el abogado que va a llevar el asunto en su momento...

    puedes salirte de la casa y consignarle pensiòn alimenticia equivalente a un salario minimo regional  mensual en un juzgado... tu abogado te dice como... para que no te inicien la acciòn penal.... por abandono de persona