Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 161958
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 277082

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si la acción que Usted demanda, prospera y además solicita dentro de las prestaciones de la demanda, el pago de gastos y costas, efectivamente podrá hacer que le cubran lo que Usted invirtió en el juicio.

    Pero si la acción no es procedente o es mal llevada, además de los gastos que haya realizado, al que pueden condenar a gastos y costas, es a Usted.

    Por ello es bien importante que se asísta de Lic. en Derecho especialista en materia civil, pero que realmente alguien se lo recomiende y le conste que es una persona seria y que puede garantizar ganar su asunto.

    Suerte!