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AutorRespuesta No: 276655
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 16:29 2012-07-23 16:29 desde IP: 201.103.98.194
La Procuraduría es conciliatoria y sólo después de no haber llegado a un arreglo, pueden someterse ante el Arbitraje ante la misma Procuraduría y intentar la acción civil que corresponda.
Lamentablemente hay que estar al pendiente, pues las audiencias al ser conciliatorias, tienen que acudir las partes o alguien que las represente.
Así que ahora tiene la posibilidad de someterse al arbitraje o presentar su demanda civil por incumplimiento de obligaciones...
Suerte!
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