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  • Consulta : 161578
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 276727

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lamentablemente el dinero que le hayas dado y no hayas exigido el recibo correspondiente, no podrá ser tomado en consideración en caso de que haya un juicio ejecutivo mercantil.

    Si tienes un adeudo y tu acreedor no te quiere expedir un recibo, tu debiste consignar judicialmente los pagos para no incurrir en mora, así que si pueden embargarte los bienes muebles e inmuebles que tengas por el monto que se encuentre consignado en el pagaré y al concluir el mismo y hacer la liquidación de intereses, se puede ampliar el embargo...

    Así que primeramente debiste asesorarte, antes de firmar un título de crédito y realizar pagos sin recibir ningún recibo o que se anotaran los mismos al reverso del pagaré...

    Suerte!