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AutorRespuesta No: 276727
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 20:30 2012-07-23 20:30 desde IP: 201.103.98.194
Lamentablemente el dinero que le hayas dado y no hayas exigido el recibo correspondiente, no podrá ser tomado en consideración en caso de que haya un juicio ejecutivo mercantil.
Si tienes un adeudo y tu acreedor no te quiere expedir un recibo, tu debiste consignar judicialmente los pagos para no incurrir en mora, así que si pueden embargarte los bienes muebles e inmuebles que tengas por el monto que se encuentre consignado en el pagaré y al concluir el mismo y hacer la liquidación de intereses, se puede ampliar el embargo...
Así que primeramente debiste asesorarte, antes de firmar un título de crédito y realizar pagos sin recibir ningún recibo o que se anotaran los mismos al reverso del pagaré...
Suerte!
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