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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 13:32 2012-07-23 13:32 desde IP: 187.155.25.243
No especificas el estado de la República de donde eres. ero en la mayr parte de los casos, se cobra por terren y por "construcción", obviamente una lona, no claifica como "construcción" por lo tanto, se está violando el principio de estrict derecho en el conbro de contribucones a qque se refiere el articulo 31 fracción IV constitucional, ahora bien, no basta saber eso, sino que es necesario instaurar un procedimiento según el cual, acudirás a demandar la nulidad de la determinación que te agravia, para ello, tendrás la necesidad de contratar un abogado, ya que esta clase de litigios son técnicos.
Suerte.
:)
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