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  • Consulta : 161478
  • Autor : dorae
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  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    No existe un formato determinado para este fin, lo procedente en estos casos es lo siguiente, cuando la sanción se refiere a una amonestación pública generalmente se realiza en presencia del infractor y sus superiores jerárquicos, en ese acto se le menciona al infractor que cumpliendo las instrucciones emitidas en resolución No. X del OIC de tal fecha, se procede a llevar a cabo amonestación pública por los hechos (que se le im.p.u.t.e.n)

    Posteriormente deberá elaborarse oficio dirigido a quien suscribe la instrucción, informándole que  con fundamento (en los articulados citados en la resolución) tal día a tales horas en el sitio que ocupa (la Dirección, Subdirección, Departamento de…etc. etc.), en presencia de los (mencionar a los que estuvieron presente) se procedió a dar cumplimiento a lo instruido.

    De este oficio deberá marcarse copia a todos los que estuvieron presentes, incluyendo al infractor, se remite al OIC dentro del plazo señalado y con esto queda solventado.