- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 161472
- Autor : guerreraqro
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 468
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 276484
-
Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 21:51 2012-07-22 21:51 desde IP: 187.194.34.43
Efectivamente, haber obtenido un klaudo condenatorio, no te da el resultado que tu quieres, puedes ir al nuevo domciilio con el resultado que tienes o hacer lo que menciona KOKODURO1, pero que logres lo resultados que pretendes del laudo, eso es otra cosa.
Ahora bien, para hacer la acciòn penal, tendrias que demostarr al 100% que al momento de demandar, la empresa tensi a la solvencia para pagar el laudo en reclamo y que ha escondido tal solvencia, para acreditar un frauide de acreedores maquinado, cosa muy dificil de concebir para el Ministerio Publico, ya que todos los elementos de duda los debes proporcionar tu.
Contra el patròn, no cointgra la emporesa o la sociedad, y si no fue condenado en forma directa, no tienes nada que reclamar en lo penal.
Si estas ejecutando, lo es porque te abandono tu abogado o porque llevaste tu juicio tu solo y eso no es bueno.
-
Autor





