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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 18:31 2012-07-22 18:31 desde IP: 201.103.98.194
No hay nada de cierto en ello, pues Usted puede realizar su testamento libremente y no tiene porqué dejar documentación alguna, sino que solamente deberá identificarse plenamente ante el fedatario público, pues posterior a que haya testado, si Usted quiere vender, ceder o enajenar cualquiera de los bienes que sean de su propiedad lo puede hacer libremente y si a la fecha de su fallecimiento no hay ningún bien, pues no hay nada que el heredero pueda heredar (valga la redundancia).
Probablemente la persona a quien Usted piensa heredar, quiere asegurarse de que Usted no pueda cambiar el testamento o realizar actos de dominio sobre los bienes, así que no se deje sorprender y acuda con otro Notario que no se preste a estas situaciones ilegales.
Aunado a lo anterior, el testamento es un acto revocable por naturaleza, hoy puede hacer uno y al día siguiente, puede revocarlo y modificarlo como mejor le convenga.
Suerte!
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