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  • Consulta : 161317
  • Autor : Cornelius
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  • Autor
    Respuesta No: 276122

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En la primera audiencia pueden argumentar que han llegado a un Convenio sobre los términos y condiciones sobre "la guarda y custodia" de la hija, comúnmente es compartida, es decir, especificar los días que lo tendrá la madre y que días el padre; asimismo, tienen que señalar el monto o pago por concepto de pensión alimenticia, la forma y tiempo en que tendrán que realizarse, si tu también trabajas también tienes que señalar cuánto van a pagar, si no trabajas pues dilo y quien pagará será el marido y éste pago debe ser suficiente para la alimentación de la hija, no puedes renunciar al pago de pensión alimenticia de tu hija; el Convenio deberá ser válidado o autorizado por el Juez, ahí terminará el Juicio que iniciaste con la Demanda, ahora te recomiendo que concluyas el Juicio que has iniciado por el bien tuyo y de tu hija, si tu decides regresar con él eso no será excusa para dejar sin efectos el Convenio validado por el Juez este seguirá vigente. Suerte