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  • Consulta : 161105
  • Autor : ELGALLOGALLEGOS
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  • Autor
    Respuesta No: 277855

  • ELGALLOGALLEGOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    si aun no han transcurrido los sesenta dias para demandar el despido injustificado ante la junta de conciliacion y arbitraje, en la que narrarias precisamente los hechos acontecidos y la forma en la que te viste obligado a firmar tanto tu renuncia como el pagare, va ser dificil y complicado te puedas liberar de la promesa incondicional de pago a la empresa por el importe del documento base de la accion, pues al ser un documento autonomo, es decir la autonomia del documento se basa en que, no aparecen plasmados en el documento las causas y motivos que dieron origen a su existencia, sino solo la promesa incondicional de pago a quien aparezca como beneficiario del documento base de la accion, pues la proiedad y caracteristicas del titulo de credito pagare, es que mediante el endoso en propiedad o en procuracion se transmite los derechos insertados en el titulo mismo, de ahi, que de nada te valdria exponerle al juez de lo mercantil, las causas y los motivos que dieron origen a la existencia de la obligacion de pago, pues la firma prueba el reconocimiento del adeudo, sin embargo en el pago de las pretaciones reclamadas en la demanda por despido injustificado o rescision del contrato de trabajo, harian que se nivelara la obligacion, pues se tendria la oportunidad de objetar la validez del titulo de credito y por ende la obligacion de su pago, y con el importe de del pago de las prestaciones a pagar por la empresa, se podria llegar hacer tablas la obligacion de su pago, siempre y cuando no haya transcurrido el termino a que se refieren los articulos 517 y 518 de la ley federal del trabajo.