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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 19:38 2012-07-19 19:38 desde IP: 148.246.134.64
Espero que hayan trabado formal embargo de estos bienes, le hayan dejado cedula e instructivo anexos a la demanda, pues ahora cuenta con 8 días para contestar a las pretenciones de sus acreedores, en caso contrario se acusara su rebeldía y el juicio se ira solo; posteriormente saldrán a remate sus bienes para tratar de cubrir el saldo faltante, ojo en caso de que no alcance a pagar podrán promover la ampliación de embargo hasta que se cubra el saldo y demás accesorios que se le demanden. Usted cuenta con los medios de defensa enumerados en el artículo 8 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, pues lo más seguro en su caso, es que haya servido un pagare como documento base de la acción. Le recomiendo que también se asista de asesor financiero que le pueda diseñar una estrategia sustentable para el eventual caso de pago, ya que si se suscribe un convenio de pago sin considerar el tema de finanzas personales, solo estará abonando a un circulo vicioso. EN CASO DE ASISTENCIA NOS PUEDE ESCRIBIR O LLAMAR AL (55) 4314-3308. SUERTE
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