- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 161039
- Autor : NGUSTAVO01
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 154
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 275746
-
Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 15:16 2012-07-19 15:16 desde IP: 148.246.134.64
En primer lugar espero que haya firmado contrato de arrendamiento, pues una obligación del arrendador es proporcionar un espacio digno de ser ocupado y hacer las reparaciones necesarias, salvo que hayan pactado un rembolso al efecto y también un plazo para notificar detalles como los que se comentan. No se, pero supongo que se vive en un condominio, y un factor de defensa puede ser de algún modo, su reglamento condominal, solicitelo y estudielo. El acuerdo conciliatorio es bueno haberlo suscritó, pero lo ideal es acudir también en otra ocasión al Centro de Mediación y Conciliación en su Palacio de Justicia más cercano, pues los acuerdos se igualan a sentencia y no sólo en un acuerdo regulado por la autoridad administrativa. EN CASO DE ASISTENCIA PUEDE ESCRIBIRNOS O LLAMAR AL (55) 4314-3308. SUERTE.
-
Autor





