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  • Consulta : 161030
  • Autor : ZAMNARS
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    Respuesta No: 275779

  • ZAMNARS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    la accion que compete a la consultante es la redhibitoria, que es la acción que tiene el comprador para poder desitirse del contrato por vitud de vicios ocultos que pudieran aparecerle a la cosa comprada, esta acción da la posibilidad al comprador de demandar el pago de los daños y perjucios provocados por los vicios ocultos, la acción se plantea ante los juzgados civiles, le recomiendo que contrate un abogado especialista en derecho civil, pero no le indique usted la acción que le compete, es el quien si sabe le indicara la procedencia de la misma, suerte