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AutorRespuesta No: 275653
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 02:03 2012-07-19 02:03 desde IP: 201.141.174.88
Quizá solo te ofrezcan las prestaciones se ley (salvo que tengas pactado algo superior), solicita 90 días adicionales por concepto de indemnización constitucional, o en su defecto 45 días (el 50% de dicha indemnización). A tus ordenes.
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