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AutorRespuesta No: 275346
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 20:12 2012-07-17 20:12 desde IP: 201.141.175.118
perlaandrey_NR
Acuda usted a los Juzgados de su Estado, en los alrederores debe haber negocios que ofrezcan el servicio de Boletin Judicial por internet, solicite una busqueda historica proporcionando el nombre y apellidos de su señor padre el resultado de la misma que informara que numero de juzgado y numero de expediente, usted menciona que ya hay un Albacea nombrado esto implica que ya se dicto la declaratoria de herederos, por lo que si ustedes no fueron llamados a juicio a deducir sus derechos hereditarios, ahora habran de asistirse de abogado de su confianza para demandar la ACCION DE PETICION DE HERENCIA.
Respecto de los automoviles, estos deberan ser valuados e inventariados por quien ostente el cargo de albacea, por lo que su hremano no puede ni debe diposner de ellos, los comprobantes de gastos funerarios deberan ser exhibibidos en el inventario, estos son pasivos (deudas) las cuales debe ser pagadas de la masa hereditaria a quien lo haya cubierto en su momento.
Saludos.
Saludos.
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