Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 160521
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 275064

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En cualquier legislación se establece la posibilidad de interponer incidentes.

    Y éste tiene que tramitarlo ante el Juez que conoció de la demanda de alimentos.

    Pero primeramente tendrá que solicitar la devolución del expediente del Archivo General, pues por el tiempo, ese expediente ya debe estar archivado.

    Una vez que estén los autos en el Juzgado, deberá notificar personalmente a las demás partes y posteriormente promover su incidente.

    Este incidente deberá dirigirlo a cada uno de sus hijos, pues al ser mayores de edad, ya no cuentan con la representación de la madre.

    Usted puede solicitar como medida provisional la cancelación, pero dudo mucho que se la conceda, pues aunque sean mayores de edad, los alimentos son de orden público y primeramente el Juez debe verificar que no necesitan de la pensión, pues puede existir alguna discapacidad física o mental que les impida allegarse de alimentos.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de la Entidad donde se tramitó el juicio de origen.

    Suerte!