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  • Consulta : 160100
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 274525

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No mencionas el Estado de la República donde se lleva a cabo el proceso de divorcio, lo cual es indispensable para saber qué contempla la legislación correspondiente al respecto.

    No obstante, si la señora tiene medios propios para subsistir, no le corresponde el pago de una pensión alimenticia, ha no ser que dichos ingresos fueren insuficientes para su manutención.

    Pero ello no implica que el padre se le exima del pago de una pensión para la menor, pues éste tiene la obligación de dar alimentos a su hija.

    La patria potestad la tienen ambos padres y ésta solo se pierde por causas diversas que no tienen que ver con lo que comentas sobre que la madre tiene menores ingresos.

    Pero si te refieres a la guarda y custodia de la menor, la preferencia la tiene la madre por la edad de dicha niña y el hecho de que la madre tenga menos recursos, no es razón suficiente para que el Juez analice o determine que por ello le corresponda al padre.

    Es importante que si tu amiga no está segura de lo que le dice su abogada, acuda con otro Lic. en Derecho especialista en materia familiar, pero con la documentación con que cuente y pida una segunda opinión, pues muchas veces consultan terceros que no están bien enterados del asunto y malinterpretan lo que las partes del juicio les comentan.

    Suerte!