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  • Consulta : 160097
  • Autor : Abogadodelacruz
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  • Autor
    Respuesta No: 274536

  • Abogadodelacruz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Para el consultante creo que solo tienes una pequeña oportunidad tramitando un juicio de amparo en apego  a la fracción II del artículo 154, es muy dificil de probar pero ya lo hemos logrado (se considera violación del procedimiento la mara representación) lo que causaría la nulidad de todo el juicio y entonces si con una buena defensa tratar de llevar a buen término tu asunto, repito es muy dificil de probar pero creo que es la última oportunidad con la que cuentas

     

    Mi cel 0445522715854