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  • Consulta : 159942
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 274356

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, acude a la CONDUSEF, ya que en términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el crédito (reparación) es exigible treinta días después de haber dado aviso del siniestro y no puede demorarse por ineptitud del taller.

    En efecto, cuando te dan largas, lo mejor es ir a presentar tu reclamación señalando que te deben poner piezas nuevas a tu coche y demás mejorías, etc, o que en su caso te paguen el valor total del vehiculo.

    Si no se resuelve o tienes más dudas, puedes consultarnos "PEGZSAV Abogados".