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AutorRespuesta No: 274356
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Julio de 2012 14:11 2012-07-12 14:11 desde IP: 201.141.10.23
Que tal, acude a la CONDUSEF, ya que en términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el crédito (reparación) es exigible treinta días después de haber dado aviso del siniestro y no puede demorarse por ineptitud del taller.
En efecto, cuando te dan largas, lo mejor es ir a presentar tu reclamación señalando que te deben poner piezas nuevas a tu coche y demás mejorías, etc, o que en su caso te paguen el valor total del vehiculo.
Si no se resuelve o tienes más dudas, puedes consultarnos "PEGZSAV Abogados".
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