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  • Consulta : 159755
  • Autor : RafaelFlMz
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  • Autor
    Respuesta No: 274137

  • RafaelFlMz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Estimado Consultante:

    Respecto al poder general que menciona, si no han acaecido las circunstancias para su terminación, el mismo deberá subsistir. El Poder general podrá terminar, entre otras razones, por el vencimiento del plazo de vigencia del mismo, por las conclusión del negocio para el cual fue otorgado, por revocación del mismo, etc. Ahora bien, si el notario le pide que deberá otorgar uno nuevo, puede ser por las siguientes razones: por que el poder ha fenecido en virtud de alguna causal de terminación; porque el poder no otorga facultades suficientes o porque el notario quiere hacerlo firmar uno nuevo por seguridad jurídica. Le recomiendo revisar muy bien los términos del poder otorgado y que el mismo no haya terminado por alguna de las razones que le he mencionado, u otras insertas en el documento en cuestión.

    Respecto al IFE, seguramente la credencial de su hermano es de fecha 2003 o anterior, y por disposición del IFE, estas credenciales no pueden ser usadas, han perdido su vigencia, por lo que deberá sacar una nueva.

    Reciba un cordial Saludo.