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Fecha de respuesta: Martes 10 de Julio de 2012 12:48 2012-07-10 12:48 desde IP: 189.146.111.112
Para hacer ese trámite debes contar con la asistencia de un LIc. en Derecho especialista en materia civil o mercantil.
No creas que sólo con un escrito te van a devolver tus bienes, sino que debe analizarse la resolución que comentas y en base a ello presentar los escritos y realizar las diligencias necesarias para la recuperación de tus bienes.
Si no tienes recursos para contratar a un Lic. en Derecho particular, acude a la Defensoría de Oficio de tu Estado.
Suerte!
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