Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 159434
  • Autor : Consultor
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 119
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 273878

  • Consultor
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante:

    No tiene porque preocuparse ya que ese señor no tiene forma de quitarle la guarda y custodia de sus hijas, en primera por la edad, y en segunda por el abandono en que ha incurrido.

    Por otro lado tiene que tomar en cuenta que los alimentos no son renunciables, por lo tanto si usted quiere divorciarse tendrá que presentar su propuesta de convenio en el cual se incluya la guarda y custodia, la pensión alimenticia y un régimen de convivencias.

     

    Lo que si puede hacer, si tiene copia del auto en donde se le ordena el pago de la pensión se puede ir al M.P. a denunciar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias. Y con esto usted tiene todo lo necesario por lo menos para solicitar la suspensión de la patria potestad y con el abandono completa el cuadro para la pérdida definitiva.

     

    Lo que tiene que hacer es hablar con un abogado para que estudie su expediente y vea si se puede seguir con ese o usarlo para el juicio de pérdida de patria potestad, y también para que inicie el divorcio.  Lo urgente es que aunque sea de manera provisional se establezca la guarda y custodia de sus hijas a su favor a fin de que usted tenga la confianza de que no se las lleve y si lo llegara a hacer, él estaría incurriendo en un delito, si ahora se las lleva en realidad no está haciendo nada ilegal.

     

    Saludos

    Lic. Miguel A. Argumedo

    52195455