- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 159423
- Autor : LicVelazquez
- Consultas en Foro: 6
- Respuestas en Foro: 1006
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 273927
-
Fecha de respuesta: Lunes 09 de Julio de 2012 19:36 2012-07-09 19:36 desde IP: 187.158.125.118
Al consultante
Le informo que efectivamente el periodo de instrucción se cierra y se continúa con el período propiamente de juicio en el cual se desahogan las pruebas ofrecidas dentro del término concedido para este efecto. Agotadas las pruebas se pasará a la formulación de conclusiones PERO NO PODRÁ DICTARSE SENTENCIA HASTA EN TANTO NO SE RESUELVA POR EL JUEZ FEDERAL sobre el juicio de amparo promovido en contra del auto de formal prisión.
Saludos muy cordiales.
-
Autor





