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  • Consulta : 159371
  • Autor : NGUSTAVO01
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  • Autor
    Respuesta No: 273822

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    De inicio la acción cambiaria (embargo) tiene que dirigirse hacia el deudor principal, sin embargo en caso de que efectivamente el  Banco haya promovido un jucio en contra de tu hermano, y se haya despachado en los Juzgados Civiles para efecto de emplazarlo en su domicilio y no lo encuentren, los representantes del Banco pueden iniciar una denuncia en su contra, por el delito de variación de domicilio ( art 175 fracc II del Codigo Penal del Estado,cuya pena va de uno a tres años de prisión). Pero antes, y a resultas de la forma en como se acredite esta representación (art 24 y 90 de la Ley de Instituciones de Crédito), bien pueden promover en su momento la nulidad de las actuaciones. No estaria de más iniciar una investigación en los Juzgados y tratar de localizar esta demanda. TE INVITO A ESCRIBIRNOS O LLAMARNOS AL (015) 4314-3308