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  • Consulta : 159164
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 273632

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no estás casada con el padre de tu hijo, el no tiene obligación alguna contigo.

    Sólo en caso de que el niño nazca, podrás demandarle la paternidad del mismo, pero te sugiero que lo hagas una vez que éste cumpla los 18 años.

    Sé que a esa edad, las mujeres somos muy tontas y creémos que el amor es lo más importante, pero ya eres una mujer y debes responsabilizarte de tus actos.

    Estás trayendo al mundo a un ser inocente, que no tiene la culpa de la calentura o de la estupidez de sus padres, pues si tu pareja era menor de edad, tu lo estabas corrompiendo...

    Recordemos que tanto los hombres y las mujeres estamos en igualdad de derechos y obligaciones y por ende, tu ya eres un adulto y él es un menor de edad y así como se crítica cuando un adulto corrompe a una menor, en este caso, es lo mismo.

    De igual forma, existe el seguro popular, si tu quieres atenderte en clinicas o con médicos particulares, es tu gusto, pero entiende, el padre no tiene obligaciones para contigo.

    Sólo cuando nazca y un Juez determine que el niño es de esa persona, entonces surgirá su obligación, pero con el niño, no contigo.

    Suerte y piensalo muy bien antes de traer a otro niño al mundo a sufrir...