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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Julio de 2012 16:37 2012-07-05 16:37 desde IP: 189.145.244.185
Mi estimado (a) consultante Mi_ke66
Mire, derivado de la narración de los hechos por los que usted acude a este Foro, me permito sugerirle que acuda a un procedimiento de arbitraje que se substanciará ante el Síndico Municipal de su localidad (articulo 46), toda vez que, los hechos que detalla violentan flagrantemente varios de los artículos de la LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO EN EL ESTADO DE MÉXICO.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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