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  • Consulta : 158908
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 273373

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la nueva empresa no esta obligada a hacer la retensión...

    si el oficio llego para "machos".... y ahora se llama "hembras"... hasta que el juez no pregunte si sigue trebajando en ese domicilio y si tiene prestaciones ... no hay razón 0ara hacer la retensión...

    pero si sigue siendo el mismo patrron... con el mismo nombre... solo se sustituyo el ente fisico... no puede dejar de retener...