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  • Consulta : 158804
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 273361

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes con relcion a su consulta le comento lo siguiente ,en caso de embargo la ley estable un orden, sobre los bienes a embargar, puedes consultarlo en el Codigo de Procedimientos Civiles de tu estado, pero basicamente se permite el embago de dinero, joyas, acciones, y se restringe el embargo bienes muebles necesarios para subsistir, el salario, los alimentos y los implementos necesarios para desarrollar la actividad a la que la persona se dedica, ejemplo, para la costurera la maquina de coser, para el obrero sus herramientas, para el estudiante sus libros.   

    estamos a sus ordenes para cualquier duda, comentario,o bien si requiere de nuestros servicios legales.

    LIC. ALEJANDRA GONZALEZ VAZQUEZ

    TEL.55829411