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  • Consulta : 158795
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 273275

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Legalmente solo puede reclamar el pago en la via mercantil y embargarle a usted bienes de su propiedad, si no tiene bienes no podra embargarle nada hasta que los tenga. Atte. Lic. J. L. Camacho.