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  • Consulta : 158556
  • Autor : RafaelFlMz
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  • Autor
    Respuesta No: 273209

  • RafaelFlMz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Consultante Cogito:

    Lo que han mencionado los estimados colegas que me anteceden es correcto. No soy del DF, pero si te puedo recomendar revisar el acuerdo PRIMERO, fracción I y el acuerdo SEGUNDO, fracción I, punto número 3 y finalmente, el acuerdo CUARTO, fracción I, contenidos en el Acuerdo General 11/2011 Del Pleno Del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2011.

    Ahora bien, según el citado acuerdo hay 14 juzgados de distrito especializados en amparo en materia penal, pero ¿cuál de todos es competente? para esto te remito al artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que dice: "Cuando se establezcan en un mismo lugar varios juzgados de distrito que no tengan competencia especial o que deban conocer de la misma materia, tendrán una o varias oficinas de correspondencia común -oficialía de partes-, las cuales recibirán las promociones, las registrarán por orden numérico riguroso y las turnarán inmediatamente al órgano que corresponda de acuerdo con las disposiciones que dicte el Consejo de la Judicatura Federal."  Esta oficina de correspondencia común se encuentra ubicada en PALACIO DE JUSTICIA FEDERAL, EDUARDO MOLINA S/N, ESQ. SIDAR Y ROVIROSA COL. DEL PARQUE DELG. VENUSTIANO CARRANZA C.P. 15960 (fuente: "//dgepj.cjf.gob/">//dgepj.cjf.gob/)
     

    Espero esta información adicional te sirva. Saludos.