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  • Consulta : 158299
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Niego completamente el comentario dicho po Maxwel... sea la opcion correcta. Para que no se me ofenda Maxwel le indico... un Juicio de Informacion testimonial ad perpetuam sirve para acreditar hechos y demostrar derechos, es decir... la sentencia NO MODIFICA el acta de nacimiento, simplemente ostentará usted con una sentencia que diga que Juanita y Perenganita son la misma persona y listo. Pero el dia que vaya por un ife, un pasaporte, un registro ante el IMSS... las diligencias de informacion NO LE SIRVEN... pero eso si... tuvo que pagar la misma cantidad de pesos que hubiere pagado por un  juicio de rectificacion de acta de nacimiento.

    Por ello yo le sugiero que al abogado que ha de contratar le solicite un juicio de RECTIFICACION DE ACTA para ajustarla a su realidad social. Adjuntará usted toda la documentacion que dice tener y el Juez ordenará al registro Civil la modificación del acta. OJO... si acredita usted llamarse JANITA PEREZ ROBLES y el acta de nacimiento dice Petra Garcia Luna... procede....pero solo para hece efecto.. ajustarla a su realidad social... lo que se traduce que si el acta dice que sus padres son Mario Garcia y Leticia Luna.... aunque ahora el nombre del acta diga JUANITA PEREZ ROBLES .. los nombres y apellidos de los padres NO CAMBIARAN pues de lo contrario se cambiaría FILIACION cosa que no permite la ley.

    Cualquier duda quedo a sus ordenes

    Lic. Omar Ulloa