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  • Consulta : 158288
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver no me queda clara la pregunta... señala usted que un Juzgado ordenó ya la modificación? Un Juzgado Familiar? ... o refiere usted un Juzgado a la Oficina del Registro Civil donde se encuentra asentada su acta, mal llamado Juzgado en el Distrito Federal?  eso me causa la duda.

    Si su modificacion la hizo ante el registro civil del DF se trató de una ACLARACION y equivocadamente algunos compañeros del registro civil .... estiman el hecho que el codigo señala que el acta de nacimiento no puede ser cambiada sino a traves de sentencia judicial... luego entonces cuando usted hace una aclaracion... ellos simplemente y bajo ese concepto no modifican el frente del acta.

    Si usted necesita cambiar el frente.... tiene que acudir a la via Judicial para que un Juez ordene al Registro Civil el cambio en el acta... y desde su escrito inicial pida que la sentencia se pronuncie en el sentido de MODIFICAR EL FRENTE del documento para que en caso de negativa del Registro pueda usted hacer valer los medios de apremio en su contra.

    Saludos

    Lic. Ulloa

    Juez u Oficial Registro Civil