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  • Consulta : 158248
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 272948

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted no puede poner ninguna demanda de abandono de hogar, puesto que el padre de su hija no es su esposo.

    Es UNA UNIÓN LIBRE, en la cual no tienen ninguna obligación de permanecer juntos.

    Usted puede demandar una pensión para su hija ante un Juez de lo Familiar, la cual puede ir de un 15 a un 20% de los ingresos del padre.

    De dicho porcentaje se tienen que cubrir los gastos de alimentación, habitación, ropa, calzado, educación y hasta gastos de esparcimiento.

    Y se determina en base a las necesidades del deudor y las posibilidades del deudor alimentario.

    Le conviene más que el Juez determine un porcentaje del sueldo que una cantidad liquida, pues ésta se va a ir devaluando y para actualizarla tendrá que estar promoviendo cada año y eso son gastos.

    Suerte!