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  • Consulta : 158245
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 272911

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cuando tu recibiste el cheque... lo recibiste en pago... los cheques no son en grantia... son documentos a la vista...por lo tanto se entiene que si la compro... y pago con el cheque... la venta es licita... aunque el cheque no ntenga fondos...

    sobre el cheque... no puedes pedir intereses moratorios...ya que su texto no los pacta... puedes pedir interes legal mercantil... esto es el 6% anual... ANUAL... artículo 366 del Código de Comercio....

    ahora bien... por ninguna causa se te ocurra abrir la acción penal por el delirto de robo... ya que el puede demostrar que pago... y que tu recibiste el cheque...

    para ti ... no haber cobrado ... significa que no hay tal acto de compraventa... pero en la vida juridica... la operación esta cumplida... y tienes que hacer ... o el cobro del cheque por la via judicial... o la rescisión de la operación de compraventa  por la falta de pago efectivo...