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  • Consulta : 158179
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 272851

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por renuncia voluntaria, sólo te corresponde el pago de las prestaciones devengadas y no pagadas, como son los salarios que estén pendientes al momento de la renuncia, el pago de la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacaciones.

    En base a los días de las prestaciones antes señaladas que tengas derecho, haz las cuentas, y eso es lo que te corresponde.

    Suerte!