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AutorRespuesta No: 272824
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Fecha de respuesta: Sábado 30 de Junio de 2012 00:22 2012-06-30 00:22 desde IP: 189.134.9.34
Distinguido Consultante
Usted acredito el despido injustificado y en el laudo se resolvió que le debe cubrir todas y cada una de las prestaciones económicas incluyendo los salarios caídos, es decir cada día que pasa la deuda se incrementa a su favor.
A partir de la notificación del laudo, tiene 15 días hábiles el patrón para tratar de combatir el laudo por alguna ilegalidad de corte constitucional únicamente, es decir no quiere decir que el patrón pueda ganar el amparo, sino simplemente, tenga la ilusión de ganarlo, dicho juicio no tarda más de 6 meses
Es decir a partir de pasen 72 horas de notificado el laudo usted puede requerir de pago o embargar, pídale a su abogado solicite cita con el actuario para embargo, y/o pida un citatorio para el patrón y pueda negociar en un 80% el valor del Laudo, en la junta le ayudaran a negociar
Ley Federal del Trabajo
Artículo 945.- Los laudos deben cumplirse dentro de las setenta y dos horas siguientes a la en que surta efectos la notificación.
Las partes pueden convenir en las modalidades de su cumplimiento.
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
tuamigoabogado
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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