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  • Consulta : 158156
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 272824

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    Usted acredito el despido injustificado y en el laudo se resolvió que le debe cubrir todas y cada una de las prestaciones económicas incluyendo los salarios caídos, es decir cada día que pasa la deuda se incrementa a su favor.

    A partir de la notificación del laudo, tiene 15 días hábiles el patrón para tratar de combatir el laudo por alguna ilegalidad de corte  constitucional únicamente, es decir no quiere decir que el patrón pueda ganar el amparo, sino simplemente, tenga la ilusión de ganarlo, dicho juicio no tarda más de  6 meses

    Es decir a partir de pasen 72 horas de notificado el laudo usted puede requerir de pago o embargar, pídale a su abogado solicite cita con el actuario para embargo, y/o pida un citatorio para el patrón y pueda negociar en un 80% el valor del Laudo, en la junta le ayudaran a negociar

    Ley Federal del Trabajo

     

    Artículo 945.- Los laudos deben cumplirse dentro de las setenta y dos horas siguientes a la en que surta efectos la notificación.

                Las partes pueden convenir en las modalidades de su cumplimiento.

     

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    tuamigoabogado

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx