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  • Consulta : 158156
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 272817

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted no puede solicitar el embargo sino hasta que el Laudo quede firme, o bien podría solicitarlo por cuerda separada si demuestra que el patrón está realizando acciones tendientes a quedar en insolvencia. Si el laudo no está firme es claro que el patrón puede promover amparo. ¿cuántos amparos puede promover? todo depende de la sentencia.