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  • Consulta : 158124
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 272806

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero, no le pueden imponer un medidor digital, debió oponerse en su momento y demandar, pero es un hecho consumado. Segundo, si ya le están notificando un ajuste de facturación y multa, es porque iniciaron un proceso administrativo en el que se debió levantar un acta dándole oportunidad de nombrar testigos, posteriormente le debieron notificar de la irregularidad y la oportunidad de ofrecer pruebas y desvirtuar la imación. A partir de la notificación del ajuste cuenta con cuarenta y cinco días hábiles para demandar la nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, le recomiendo que junto con la demanda solicite la suspensión a efecto de que no le corten el servicio si aún no lo han hecho.