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  • Consulta : 157771
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 272610

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Necesariamente debe abrir la sucesión, sin embargo puede acudir a un notario y no obligatoriamente e un Juez de lo Familiar, para que el primero tramite la sucesión testamentario y él mismo escriturar el inmueble.