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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Junio de 2012 11:58 2012-06-27 11:58 desde IP: 189.230.41.123
Los tienes que ingresar en la Oficialía de Partes Común y ahí te asignarán un Juzgado.
Es un asunto diverso y por ende, tiene que tramitarse en forma autónoma.
Suerte!!
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