Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 157533
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 272480

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Luis Rodrigo:

    Creo que tu sólo estás corroborando que al plantear la consulta, te hiciste el que no sabías del juicio y tan lo sabías, que dices que le pagaste a un abogado que no hizo nada.

    Así que no pretendas sorprendernos, porque la mayoría sabemos cómo son y cómo se las gastan muchas personas.

    NO hay forma de que tu pagues tu deuda cómo puedas, pues para eso te obligaste a un plazo y cierta cantidad con tu acreedor y éste sólo está exigiendo lo que le corresponde.

    Si no puedes cumplir, tendrás que responder con los bienes que tengas.

    Si dicho inmueble forma parte de una sociedad conyugal, que tu esposa se apersone en el juicio y haga valer una tercería por el 50% de la propiedad que le corresponde, pero asistido de un Lic. en Derecho, lo puedes hacer por tu propio derecho pero de no hacerlo correctamente, ni ese 50% vas a salvar.

    No obstante, ello no implica que no puedan rematar la casa, pues sale a remate y el 50% de lo que se obtenga de la venta, se le entrega a tu esposa y listo! de cualquier forma, pierdes tu patrimonio, sólo recuperan una parte de dinero.

    Acercate a tu acreedor y trata de llegar a un acuerdo, pero que realmente cumplas, si no puedes, entonces no le hagas al cuento y cumple tus obligaciones.

    Los bienes sirven para remediar los males y con tu casa, pagarás lo que no pudiste pagar en su oportunidad.

    Suerte!