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  • Consulta : 157404
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 272673

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    rafu...

    las casas... no tienen depositario... no la puedes desalojar al momento de embargarla...

    la embargas... la inscribes... y si ganas... la valuas... y la rematas... te la adjudicas o.... la vendes... pero no hay abuso de confianza... sin haber registrado el embargo... tienen que se congruentes... siempre tratando de no hacer los pagos que la ley y el derecho obligan... se los brincan...la parte se da cuenta... y vende... cede... dona... o hace cualquier traslado de dominio... y como no se registro... el embargo carecio de efectividad procesal... nada puedes hacer.... abusado... dejen de decir tonterias... esto es de lo mas sencillito del derecho...