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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Junio de 2012 13:44 2012-06-28 13:44 desde IP: 187.144.32.155
rafu...
las casas... no tienen depositario... no la puedes desalojar al momento de embargarla...
la embargas... la inscribes... y si ganas... la valuas... y la rematas... te la adjudicas o.... la vendes... pero no hay abuso de confianza... sin haber registrado el embargo... tienen que se congruentes... siempre tratando de no hacer los pagos que la ley y el derecho obligan... se los brincan...la parte se da cuenta... y vende... cede... dona... o hace cualquier traslado de dominio... y como no se registro... el embargo carecio de efectividad procesal... nada puedes hacer.... abusado... dejen de decir tonterias... esto es de lo mas sencillito del derecho...
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