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  • Consulta : 157404
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 272312

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si... el embargo no fue inscrito... no hay tal embargo... y por ende... no hay tal delito... es un bien inmueble... debio inscribir el embargo.... por ende... para todos los burros... no hay depositario de la cosa cuando es bien inmueble... a barbaros...

    puedes iniciar la accion penal por el probable delito de abuso de confianza... pero no te va a pegar... porque no se hizo inscripción del embargo de ese bien inmueble como gravamen de la escritura .... y se declarara sin materia...

    ahora bien... puedes reclamar el dinero de la venta del inmueble hasta por el monto de lo que se te adeuda.... y no puedes pedir la retroventa... o la nulidad de la venta...