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Fecha de respuesta: Martes 26 de Junio de 2012 03:12 2012-06-26 03:12 desde IP: 189.167.150.103
EL depositario judicial no puede faltar a su obligación de guarda y custodia de los bienes, de lo contrario incurre en el delito de abuso de confianza. En algunas legislaciones incluso incurre en delito como axuliar en la administración de justicia, es decir un delito de servidor público -por ejemplo en la legislación penal Zacatecana-.
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