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  • Consulta : 157404
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 272214

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sí Usted consideraba que su "ex patrona" podía vender sus bienes, debió solicitar a la Junta, mediante incidente y por cuerda separada un embargo precautorio, pero si no lo hizo en su momento, la venta es lagal y nada puede hacer. ¿Cuál era su salario inegrado para obtener un laudo en menos de un año de $900,000.00? Pero como dice el dicho: quien roba a ladrón, tiene cien años de perdo.......